Direcciones Municipales

Municipalidad Secretaría Comunal de Planificación

La Secretaría Comunal de Planificación opera como la instancia encargada de proveer todo el soporte técnico, estratégico, integral y funcional que permite el diseño y la implementación de los planes y programas de la municipalidad, incluyendo el Plan de Desarrollo comunal PLADECO, los sistemas de control de gestión y los resultados de la evaluación de dicho plan y de todos los proyectos que solicite el alcalde o que competan al Concejo Municipal, en virtud de la estrategia de desarrollo comunal adoptada.


Funciones
  • Servir de secretaría técnica permanente del (la) Alcalde(sa) y del Concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo, de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
  • Asesorar al(a) Alcalde(sa) en la elaboración de los proyectos de Plan Comunal de Desarrollo y de Presupuesto Municipal.
  • Asesorar al (la) Administrador(a) municipal en todas aquellas materias que le haya delegado el(la) Alcalde(sa) y en las demás materias que el (la) Administrador(a) le solicite.
  • Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal e informar sobre estas materias al Concejo, a lo menos semestralmente.
  • Implementar Sistema Control de Gestión Municipal: recopilar, sistematizar y analizar información referente a los planes de acción junto con informar a Administrador Municipal y Alcalde(sa) sobre la materia.
  • Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
  • Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el presente Reglamento Municipal.
  • Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna.
  • Adscrito a esta unidad existirá el Asesor Urbanista, a quien corresponden asesorar al(a) Alcalde(sa) y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano, estudiar y elaborar el plan regulador comunal y mantenerlo actualizado.
  • Analizar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
  • Velar por el cumplimiento de las disposiciones del Estatuto Administrativo Municipal, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y demás normas internas de administración.
  • Proponer políticas de su área de competencia.
  • Mantener un catastro, estadísticas e indicadores actualizados de la gestión de la Dirección.
  • Canalizar, atender y solucionar o proponer soluciones, a las solicitudes, sugerencias y reclamos que la comunidad represente en esa unidad.
  • Cumplir las demás Funciones que la legislación vigente o el(la) Alcalde(sa) le asigne.
Departamentos
  • Departamento de estudios
  • Departamento de Control y Presupuesto.
  • Departamento de Licitaciones
  • Departamento Asesor Urbanista